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Santo Domingo- El presidente Danilo Medina promulgó la primera Ley de Partidos y Agrupaciones Políticas del país, aprobada la semana pasada por el Congreso Nacional (bicameral) tras años de debates, y que es cuestionada por un sector del propio partido gobernante.

La promulgación de dicha Ley fue dada a conocer por el portavoz de la Presidencia Nacional, Roberto Rodríguez Marchena, en la red social Twitter, en la que, además, adjuntó dicha normativa.

Esta ley fue aprobada el jueves por el Senado, controlado por el oficialista Partido de la Liberación Dominicana (PLD), tras acoger las modificaciones que introdujo al proyecto la Cámara de Diputados donde su sanción el martes fue rechazada por un sector del oficialismo que ve la iniciativa contraria a la Constitución.

Los senadores sancionaron el proyecto tal como fue aprobado por los diputados, quienes aprobaron por amplia mayoría la posición de los seguidores del presidente del país, Danilo Medina, de que los máximos organismos de dirección de los partidos políticos sean quienes decidan la modalidad de elección de los candidatos y el padrón a utilizar.

El proyecto llevaba años en el Congreso Nacional, pero las diferencias entre los partidos respecto a la modalidad para escoger a los candidatos a cargos electorales había impedido hasta ahora su aprobación, y en el último año ha provocado una fuerte fricción en el PLD, que gobierna de manera ininterrumpida desde 2004.

La aprobación del proyecto en la Cámara de Diputados se logró con el apoyo, entre otros, de los votos del Partido Revolucionario Moderno (PRM), el principal de oposición, que justificó su postura en que a pesar de que no es la ley que ellos querían es un buen inicio “en un país que hoy no tiene regularización alguna”.

Sin embargo, el sector que encabeza a lo interno del PLD el exjefe de Estado Leonel Fernández, quien preside esa organización, defendía que fuera los estatutos de los partidos los utilizados para escoger a sus candidatos electorales.

La Ley de Partidos aumenta de 33 por ciento a 40 por ciento la cuota destinada a la mujer en los cargos de elección popular, y reserva un 10 % para las candidaturas a cargos electivos para jóvenes hasta los 35 años.