Santo Domingo- El Consejo del Poder Judicial otorgó un plazo de 90 días a los usuarios de la Jurisdicción Inmobiliaria para que retiren los certificados de títulos que tienen más de seis meses disponibles en los Registros de Títulos del país.
La medida obedece al cumplimiento de lo establecido en el artículo 82 del Reglamento General de Registro de Títulos que indica: “Los duplicados de los Certificados de Títulos, así como los Extractos, se mantendrán en los Registros de Títulos a disposición de los interesados por un plazo de seis meses contados a partir de la fecha de su emisión”.
Vencido este plazo, los usuarios podrán requerir sus productos a través del Centro de Atención al Usuario., ubicado en el primer nivel del edificio de la Jurisdicción Inmobiliaria.