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SANTO DOMINGO- La Segunda Sala del Tribunal Superior de Tierra del Distrito Nacional conoció este martes el recurso de nulidad de la transferencia al Instituto Nacional de la Vivienda (INVI) del título 65-1593 registrado a nombre del Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD).

El gremio es representado legalmente por su presidente, Miguel Surun Hernández y un equipo de juristas, quienes aseguraron tener pruebas suficientes que avalan que el traspaso del terreno del gremio donde estaba el Club de los Abogados en la avenida Luperon esquina Anacaona, fue expropiado y traspasado de forma irregular al INVI, sin contar con la aprobación de la Asamblea General del CARD, tal y como lo establece la Ley 91-83 que crea el organismo y su estatuto orgánico.

 Miguel Surun Hernández explicó que para realizar una transferencia inmobiliaria debe de elaborarse un contrato en el que el propietario otorga su consentimiento para que sus derechos de propiedad sean transferidos a favor de un tercero y en este caso no fue así.

Surun Hernández denunció que el Registrador de Titulo del Distrito Nacional en contubernio con el INVI, actuaron de forma incorrecta, violentando la Constitución de la República y las Leyes 344 del 1943 sobre Expropiaciones y la 108-05 de Registro Inmobiliario.

“La Constitución de la República y la Ley 344 del 1943 sobre Expropiaciones, son claras, precisas y radicales, respecto a la obligatoriedad del pago de la compensación  previa, al propietario, por un valor equivalente al bien expropiado y en este caso el gremio no ha sido resarcido en absoluto, lo cual refleja el nivel de abuso de dicha operación”, expresó el gremialista.

Agregó que la Ley 108-05 de Registro Inmobiliario indica que los decretos de expropiación no transfieren derecho de propiedad alguno, sino que obligan al propietario del bien expropiado, a negociar el  justo valor para su posterior transferencia, previa aceptación y consentimiento de ambas partes.

Más de 200 abogados participaron en la audiencia en apoyo a su gremio, la cual fue conocida por la jueza Lissa Veras.

«Teníamos una Casa Club con dos piscinas, play de béisbol, glorietas y se nos quitó sin ser resarcidos. No estamos en contra de la Torre Progreso, ni de lo que se hizo en esos terrenos, solo queremos que por lo menos se construya nuestra Casa Club en un lugar digno.

Los terrenos en Haina donde se pretendía construir están invadidos y no son de utilidad», expresó el gremialista.

 Detalles del caso

El 14 de noviembre del 1984 el Estado Dominicano donó al CARD 10,962.00 metros cuadrados de terreno, dentro de la parcela 110-reformada-780, ubicada en la avenida Luperón, casi esquina Anacaona, valorada actualmente en más de 900 millones de pesos.

Posteriormente en el año 2005 dichos terrenos fueron expropiados a través del Decreto Presidencial 374-05 del 6 de julio del 2005, declarados de utilidad pública y transferidos al INVI, para el desarrollo de proyectos de interés social en provecho de sectores profesionales y de clase media.

Luego de esto el INVI debió de pagarle una compensación al Colegio de Abogados por la expropiación equivalente el bien expropiado como lo establece la Ley 344-43.Esta situación legal también afecta los intereses del Banco del Estado que financió  apartamentos a los adquirientes.