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SANTO DOMINGO.- La Cámara de Diputados declaró de urgencia y aprobó con modificaciones en dos sesiones consecutivas el proyecto de ley de Transparencia y Revalorización Patrimonial.

La pieza de la autoría del senador Adriano Sánchez Roa tiene por objeto establecer un régimen tributario especial con carácter transitorio que permita a los contribuyentes declarar, revalorizar y efectuar el pago correspondiente, de manera voluntaria y excepcional, ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), respecto de aquellos bienes o derechos que se especifican en el artículo 4 de esta ley, para regularizar sus obligaciones tributarias.

La iniciativa volverá al Senado para conocer de las modificaciones, señala que podrán acogerse a este régimen las personas físicas, jurídicas y sucesiones indivisas que declaren o revaloricen, de manera voluntaria y excepcional, con el objeto de regularizar tributariamente o transparentar los bienes o derechos bajo las condiciones que establece la presente ley.

Los diputados también aprobaron en primera lectura el proyecto de ley que modifica el artículo 21 de la Ley 176-07 del Distrito Nacional y los Municipios.

La pieza del diputado José Altagracia González, tiene por objeto modificar el artículo 21 de la Ley No. 176-07, del 17 de julio de 2007, del Distrito Nacional y los Municipios, para establecer criterios de claridad y exactitud en la formulación y ejecución de los presupuestos de las alcaldías.

El «Artículo 21, establece que los ayuntamientos, al formular y ejecutar los presupuestos anuales, designarán los fondos recibidos por las diferentes modalidades establecidas por las leyes nacionales para satisfacer sus competencias, manteniendo los siguientes límites en cuanto a la realización del gasto.

En tal sentido hace una distribución de los fondos adquiridos por los cabildos donde se contempla que el sesenta por ciento (60%) será destinado para la realización de actividades y el funcionamiento y mantenimiento ordinario de los servicios municipales de su competencia, gasto de personal, sean estos relativos al personal fijo o bajo contrato temporal.

En tanto que un treinta y seis por ciento (36%) será destinado para obras de infraestructuras, adquisición, construcción y modificación de inmuebles, adquisición de bienes muebles asociados a esos proyectos incluyendo gastos de preinversión e inversión para iniciativa de desarrollo económico y social.

Asimismo, un cuatro por ciento (4%) dedicado a programas educativos, de género y salud.

Otro proyecto

Los diputados en la sesión de este viernes  declararon de urgencia y aprobaron en dos sesiones consecutivas con modificaciones el proyecto de ley de alianzas público- privada.

Los diputados previo a la aprobación por recomendación de la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados  aprobaron la fusión de dos proyectos uno del senador Charlie Mariotti y el otro del diputado Víctor Bisonó.

La iniciativa que volverá al Senado tiene por objeto establecer un marco normativo que regule el inicio, la selección, la adjudicación, la contratación, la ejecución, el seguimiento y la extinción de alianzas público-privadas.

La ley es aplicable a los agentes del sector público no financiero que encargan a los agentes privados, bajo la modalidad de alianzas público-privadas, el diseño, la construcción, la operación, la reparación, la expansión o el mantenimiento de un bien de interés social o la prestación de un servicio de igual naturaleza.

Se establece además, las alianzas público-privadas comprendidas en esta ley se ejecutarán en todas sus etapas en un contexto de transparencia basado en la publicidad y difusión de las actuaciones derivadas de la aplicación de esta ley con la finalidad de tener la mayor participación posible en los procesos competitivos de selección de adjudicatario. En los procedimientos de contratación se dará publicidad por los medios correspondientes a los requerimientos de cada proceso.