- Publicidad -

Santo Domingo- Gracias a la expansión y las distintas experiencias, no existe un modelo único para el ejercicio de la figura del presupuesto participativo, y ello obedece a las múltiples diferencias económicas, culturales, políticas y sociales de los distintos pueblos en donde es implementado. Lo que no es cuestionado es la multiplicidad de beneficios que genera social, política y económicamente el ejercicio de esta figura.

Cuando los ciudadanos tienen la facultad de participar a nivel local en la gestión económica de los gobiernos municipales es indudable que ello genera en primer término un mayor sentido de pertenencia a partir de intervenciones más directas en el desarrollo de la comunidad. Esto permite igualmente que las reales necesidades y prioridades de la población sean identificadas y atendidas, generando un sentido de bienestar social y de respuesta real por parte de las autoridades. En el aspecto económico, el ejercicio de los presupuestos participativos es un medio mediante el cual se genera una mayor confianza en la eficiencia y eficacia de la gestión municipal.

En nuestro país, el desarrollo legislativo del mandato constitucional sobre presupuesto participativo se encuentra en la Ley 176-07 del Distrito Nacional y los Municipios. El artículo 230 de esa normativa lo reconoce como una de las vías de participación ciudadana y desde el artículo 236 al 253 se establece todo lo relativo a su ejercicio.

De acuerdo a la Ley 176-07, el presupuesto participativo municipal, tiene por finalidad crear los mecanismos para que los ciudadanos participen en la discusión, elaboración y seguimiento al presupuesto municipal, cuyos objetivos son claros y específicos.

Los mecanismos para el presupuesto participativo municipal, están establecidos en el artículo 238 de la referida ley, y ente ello podemos mencionar la equidad de género, el acceso a la información, acceso a las asambleas comunitarias, participación y promoción de debates. El procedimiento estándar para la práctica del presupuesto participativo consta de tres etapas: La primera comprende el proceso de preparación, diagnóstico y elaboración de visón estratégica de desarrollo; la segunda etapa consiste en la consulta de la población; y finalmente, la etapa de transparencia y seguimiento al Plan de Inversiones Municipal.

Por: Smerly Rodríguez Jiménez