SANTIAGO DE CHILE.- EFE- La Justicia chilena rechazó este viernes la extradición a Estados Unidos del exfabricante de armas Carlos Cardoen, acusado por el país norteamericano de la exportación ilegal de circonio a Irak y falsedad documental.
La sentencia estableció que los antecedentes aportados por EE.UU. “no son suficientes” para dar trámite a la extradición de Cardoen, millonario empresario chileno, en arresto domiciliario desde el pasado abril.
El Departamento de Justicia de Estados Unidos solicitó la detención con fines de extradición del empresario chileno por presunta exportación ilegal de este mineral estratégico, utilizado en la fabricación de bombas de racimo y que fue vendido en Irak.
“La parte de EE.UU. no proporcionó prueba alguna en la etapa probatoria”, especificó la Justicia en el fallo, que agregó que el contenido de la petición está “desprovisto de datos y elementos fácticos que ayuden a precisar la seriedad de los hechos punibles atribuidos”.
Cardoen, un empresario chileno que ha desarrollado inversiones en los sectores metalúrgico, químico, agroindustrial y turístico, tiene en su contra una alerta roja en Interpol desde 1993, que ha sido renovada hasta 2019, lo que le ha impedido varias veces salir del país.
En un primer momento, el exfabricante de armas fue acusado por Washington de haber vendido 29.000 bombas de racimo a Irak por 200 millones de dólares.
Sin embargo, una investigación del Centro de Investigación e Información Periodística (Ciper) dio cuenta que el monto era mayor, ya que en octubre de 1990 el entonces representante de Cardoen en Irak, Nasser Beydoun, lo demandó por no pago.
En su denuncia señala que solo a Irak se le vendieron materiales por 467 millones de dólares.
En ese entonces, Industrias Cardoen se convirtió en uno de los principales proveedores de bombas de racimo del régimen de Saddam Hussein en Irak.
Además de considerar los argumentos para la extradición de Cardoen a EE.UU. son insuficientes, la Justicia chilena también explicó que “las circunstancias que denota la persecución penal” de ese país contra el empresario “no son del todo claras”.
“Haber sido acogido primero como empresario y haberse beneficiado de su colaboración armamentística, para después, criminalizar las mismas conductas una vez que se mudaron sus relaciones políticas internacionales, hecho que se parece mucho a la falta de coherencia con los actos propios, conducta inaceptable para el Derecho Universal”, plasmaron en el fallo.
Incluso la resolución judicial indica que los actos que se le atribuyen a Cardoen “se encuentran prescritos” de acuerdo a la legislación chilena.
“En consecuencia, de acuerdo a nuestra legislación el plazo de prescripción de la acción penal ha transcurrido completamente, puesto que como se ha indicado no concurre ningún supuesto de aquellos que provocan su interrupción o suspensión, circunstancia que por sí misma hace improcedente la petición de extradición”, concluyeron en el tribunal.
El giro en la relación entre Cardoen y Estados unidos ocurrió cuando Hussein invadió Kuwait (1990), y el entonces líder iraquí pasó a ser un indeseable para el Gobierno estadounidense, que acusó al chileno de contrabando de circonio, que era importado a Chile con la excusa de que sería utilizado para la actividad minera.
Cardoen fue además uno de los principales abastecedores de armas del mercado interno durante el período en que Estados Unidos impuso la enmienda Kennedy, que impidió la venta de armas a Chile durante casi 20 años a raíz de las violaciones a los derechos humanos de la dictadura de Augusto Pinochet (1973-1990).
En 1986, y tras una explosión en la fábrica de bombas de racimo que el empresario tenía en la ciudad norteña de Iquique, donde murieron 29 trabajadores, cerró esta planta y la trasladó a Irak, la cual fue abandonada durante la Guerra del Golfo.
En julio de 2017, el empresario concurrió a la Comisión de Derechos Humanos del Senado para pedir “auxilio” por el estatus de “fugitivo internacional” que le asignó Interpol en 1993. EFE