Santo Domingo- La Corporación Aeroportuaria del Este (CAE) solicitó al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (MIMARENA) cancelar la licencia ambiental para el proyecto del Aeropuerto Internacional Bávaro (AIB), del Grupo ABRISA, aduciendo una serie de irregularidades y vicios en el proceso de aprobación e incumplimiento de los requisitos legales.
El recurso sustenta -entre otros incumplimientos- que el expediente de solicitud no incluye toda la documentación que se exige; no se celebraron las vistas públicas obligatorias como ordena el reglamento; los términos de referencia usados son para un hotel no para un aeropuerto; los autores de la evaluación ambiental no están registrados ni autorizados para realizar este tipo de investigación; el estudio no evalúa los impactos ambientales que provocará el aeropuerto ni señala la forma de mitigarlos, y tampoco se presentó la no objeción del ayuntamiento.
La Licencia Ambiental, afirma la CAE, como acto administrativo, “fue otorgada totalmente al margen de los requerimientos que la ley, sus reglamentos y resoluciones ordenan” por lo que en “caso de mantenerse” con argumentaciones desprovistas de toda prueba, “daría una preocupante apariencia de corrupción administrativa.”
El recurso fue presentado el pasado viernes 21 de agosto en el MIMARENA, y demuestra que la solicitud de aprobación presentada por ABRISA está incompleta y la normativa establece que dicho ministerio “no recibirá expedientes incompletos”. La licencia está fechada el 16 de julio, el mismo día en que el Consejo de Fomento al Turismo (CONFOTUR) aprobó al proyecto exenciones fiscales por 15 años.
REFERENCIA PARA HOTEL NO PARA AEROPUERTO
Llama la atención que los términos de referencia para el estudio de impacto ambiental que requiere la licencia entregados por el MIMARENA a ABRISA son para un proyecto hotelero con una marina, y no para un aeropuerto internacional; y a pesar de esto “está plagado de vacíos y vicios de fondo que lo hacen, pura y simplemente, inservible”.
La CAE argumenta que la licencia, además de no cumplir las normas mínimas de los reglamentos y procedimientos, no estuvo precedida de vistas públicas debidamente celebradas y publicitadas, sobre todo porque en las fechas que se dice acontecieron, por causa de la pandemia, estaban prohibidas las reuniones públicas. El artículo 37 del Reglamento del Proceso de Evaluación Ambiental, dispone que el promotor realizará, por lo menos, una vista pública en la zona de influencia del proyecto, con invitación abierta, publicada en los medios de comunicación que resulten adecuados para la zona de estudio.
L“as supuestas vistas públicas» para el proyecto de aeropuerto, “si es que realmente fueron celebradas, lejos de garantizar una participación efectiva, no fueron públicas ni democráticas, mucho menos transparentes y abiertas”, incumplimiento que MIMARENA “pasó por alto al emitir la licencia ambiental”. El cumplimiento de “los requisitos de publicidad, la celebración de vistas públicas y la participación efectiva de la ciudadanía, no es solo una regla administrativa, es un requisito vital e indispensable”, anota el recurso.
PERSONAS NO AUTORIZADAS
La petición de reconsideración destaca también que MIMARENA aceptó como bueno y válido un estudio de impacto ambiental realizado por una persona no autorizada o certificada. En el “Registro de Prestadores de Servicios Ambientales”, actualizado por el ministerio el 9 de junio pasado, no figuran COYDISA INSTALACIONES, S.R.L., ni JOSÉ ARIZA DURÁN, indica la CAE.
En el recurso afirma que el estudio presentado por ABRISA no se refiere a “los impactos sobre la composición de la fauna, los corredores de las aves migratorias, el peligro de colisiones con las aves que puedan provocar accidentes, niveles de ruido en las operaciones de aproximación y despegue de los aviones, contaminación por emisiones de gases de combustión de los aviones, la limitación de futuros desarrollos turísticos por la proximidad del aeropuerto, riesgos de introducción de plagas y enfermedades derivados del mal manejo de la basura internacional, entre otros. Tampoco contempla las medidas preventivas, mitigadoras y de restauración para prevenir los impactos y riesgos”.
La solicitud de ABRISA al MIMARENA incumplió con la obligación legal de presentar una carta de no objeción de uso de suelo del ayuntamiento correspondiente, una certificación de no objeción al uso de suelo del Ministerio de Turismo y la titularidad o derecho de usufructo de la propiedad donde se construirá el aeropuerto, siempre de acuerdo a la CAE.
“Lo único que ABRISA hizo previo a obtener dicha licencia fue elaborar a la carrera un aparente Estudio de Impacto Ambiental al que nadie ha tenido acceso y supuestamente celebrar dos vistas públicas que, como hemos dicho, de públicas no tuvieron nada”, se reitera en el recurso de la CAE.